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A continuación, copiamos el texto del Artículo 32 del Convenio Colectivo de Trabajo de Futbolistas Argentinos Agremiados, modificado antes del comienzo de la última Superliga, y que podría habilitar a que Martín Campaña no sea considerado "extranjero" a los efectos de los cupos disponibles.



A fines del año pasado, la Asociación del Fútbol Argentino llegó a un acuerdo con Futbolistas Argentinos Agremiados para modificar el artículo 31 del convenio colectivo de trabajo 557/09.

En la modificación se estipulaba que "los clubes que participen de la Superliga (Primera A) podrán celebrar y registrar contratos hasta un máximo de seis (6) jugadores extranjeros por cada club, de los cuales solo cinco (5) estarán habilitados para suscribir planilla en cada partido oficial. En el resto de las categorías profesionales seguirá vigente la normativa actual".

Asimismo, se estableció que los futbolistas extranjeros que fueran cedidos de manera temporaria por los clubes que militan en todas las categorías profesionales a un club del extranjero por un plazo no inferior a una temporada, no ocuparán cupo para el club cedente, siempre y cuando se establezca en una cláusula que no habrá reintegro anticipado. A tal efecto, el club cedente solamente podrá registrar contrato con un nuevo futbolista extranjero por un plazo que no exceda el lapso de la cesión temporaria.

Por último, y este es el dato que más interesa a Independiente en estos momentos, se aclara que "los jugadores extranjeros mayores de 18 años que estuviesen actuando por un plazo ininterrumpido y en un mismo club de 30 meses, no serán considerados a los efectos del cupo".

Martín Campaña llegó a Independiente el 12 de enero de 2016, por lo que llegó al plazo establecido para no ser considerado "extranjero" según la reglamentación, lo que dejaría al Rojo con un lugar más en el caso de incorporar a un futbolista nacido en el exterior, como sería el caso del volante paraguayo Richard Sánchez, de Olimpia.

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